Fecha
23 de septiembre de 2025

Metrovalencia modifica a partir del 1 de octubre su normativa sobre el acceso de bicicletas

  • Se permitirán hasta cuatro bicicletas convencionales en el último coche de las unidades de metro, en los tramos en superficie de la red y durante todos los días de la semana
  • En las líneas de tranvía únicamente podrán acceder bicicletas plegadas, que también cuentan con libre acceso en toda la red, mientras que los patinetes eléctricos siguen sin estar autorizados

Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana (FGV) ha presentado en la última sesión de su Consejo de Administración las nuevas normas de acceso de bicicletas no eléctricas a las instalaciones, dependencias y unidades de Metrovalencia y que entrarán en vigor el próximo 1 de octubre una vez completado el grueso del proceso de reconstrucción de la red tras las riadas.

De esta forma, en la red de Valencia el transporte de bicicletas no eléctricas no plegables estará permitido en toda la red de metro en superficie, hasta un máximo de 4 vehículos por cada unidad, todos los días de la semana.

El acceso de estas bicicletas plegables está permitido en toda la red de metro y tranvía, también todos los días de la semana, y sin ninguna limitación de número. Las bicicletas plegables se podrán transportar como bultos de mano e irán siempre plegadas en los trenes y tranvías, también en el acceso y salida de las instalaciones.

Con esta nueva disposición no se autoriza el acceso de bicicletas convencionales en los tramos subterráneos y en las líneas tranviarias de Metrovalencia. De esta forma, un usuario con bicicleta no plegable que suba en alguna estación del área metropolitana en superficie, deberá abandonar la unidad en la última parada en superficie para no viajar con su bicicleta en subterráneo.

Por lo que respecta al acceso de vehículos personales eléctricos sigue sin estar autorizado, a excepción de los utilizados por Personas de Movilidad Reducida (PMR).

El número de bicicletas permitidas se podrá modificar a criterio del personal de la empresa pública, en función de la ocupación real del vehículo o de otras circunstancias que así lo requieran. Durante la celebración de Fallas y otros eventos de gran demanda se podrá prohibir el acceso con bicicletas en toda la red o en determinadas zonas.

Las bicicletas se ubicarán siempre en el último coche, sus portadores se responsabilizarán de no causar molestias al resto del pasaje ni de daños en los vehículos o las instalaciones y deberán permanecer de pie junto a ellas. En ningún caso se podrá obstaculizar el acceso de los maquinistas a las cabinas de conducción ni a las puertas de acceso y salidas de los viajeros.

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